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El TSJEx plantea la inconstitucionalidad de la ley que amparó "Valdecañas"

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad sobre la modificación realizada en 2011 a la Ley que permitió respaldar legalmente el complejo Marina Isla Valdecañas

Rural.- La reserva hidráulica del Cantábrico Occidental está al 79,7% de su capa / EUROPA PRESS - Archivo EUROPA PRESS

Cáceres

Con la modificación de la ley del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (LSOTEX, que sólo afectó al artículo 11 de la la misma, se establecía que "la mera inclusión de unos terrenos en la Red Natura 2000 no determinará, por sí sola, su clasificación como suelo no urbanizable".

Pudiendo ser estos terrenos, continúa, "objeto de una transformación urbanística compatible con la preservación de los valores ambientales necesarios para garantizar la integridad del área, y comprendiendo únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que expresamente se autoricen en el correspondiente procedimiento de evaluación ambiental".

Dicha modificación fue presentada conjuntamente como propuesta de ley por PSOE y PP en la Asamblea de Extremadura, la cual fue aprobada en una sesión extraordinaria celebrada en marzo de 2011.

Ahora, el TSJEx acuerda suspender el proceso hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el artículo modificado, que es el que se recoge en la parte dispositiva del auto emitido ahora por el TSJEx en cuanto a la cuestión de inconstitucionalidad, que también extiende a la Disposición adicional única que regula el procedimiento de homologación de la Ley 9/2011.

Como paso previo a la aprobación en la Cámara legislativa extremeña, el Consejo de Gobierno dio luz verde una semana antes a esa modificación de la ley con el fin de clarificar que la LSOTEX "siempre" amparó que en suelos protegidos de la Red Natura 2000 se puede construir e incluso recalificar el suelo, con la condición de que se cumpla la normativa medioambiental, según explicó entonces el Ejecutivo regional.

La otra "pata judicial" de este proceso está relacionada con el Proyecto de Interés Regional (PIR) "Marina Isla de Valdecañas" que, a pesar de ser aprobado por parte el Gobierno regional (2007), fue declarado nulo por el TSJEx a través de dos sentencias, que posteriormente fueron ratificadas por el Tribunal Supremo (TS).

En concreto, el TS confirmó en 2014 la ilegalidad del complejo turístico y ordenó la "reposición de los terrenos" a la situación anterior al proyecto urbanístico. De esta forma, el tribunal ordenó, literalmente, la "reposición de los terrenos" a la situación en que estaban antes de la aprobación del proyecto y anuló el decreto por el que la Junta de Extremadura autorizó el complejo turístico.

Tras este fallo judicial, el "único" trámite pendiente es "el procedimiento de ejecución" de la decisión judicial, ya que existen diferencias entre las partes personadas -la Junta de Extremadura, la promotora del proyecto, las asociaciones Adenex y Ecologistas en Acción, los propietarios de la viviendas y los Ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo- sobre cómo acometer y ejecutar el fallo.

 
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